Ante el hermetismo y la militarización de la frontera estadounidense, una profunda transformación sociodemográfica se consolida en 2026: México se ha consolidado como tierra de destino definitivo. Ciudades como Monterrey, Guadalajara, Querétaro, Puebla y la capital del país son hoy el nuevo hogar de miles de personas que huyeron de la violencia, la persecución o el colapso económico en sus países de origen, y que han encontrado en suelo mexicano la oportunidad de volver a soñar con un futuro digno.

“Llegamos con una mochila y el corazón roto pensando en cruzar al norte, pero cuando obtuvimos la constancia de COMAR y nuestra CURP, todo cambió. Hoy mis hijas van a la escuela en México y yo trabajo formalmente con seguro social y prestaciones.”
— Wilmer B., Refugiado hondureño radicado en el Estado de México
Plazos y etapas del procedimiento ante la COMAR
El trámite debe iniciarse dentro de los primeros 30 días hábiles posteriores al ingreso a territorio nacional ante cualquiera de las delegaciones de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) o del Instituto Nacional de Migración (INM). Al ingresar la solicitud, se entrega una Constancia de Trámite que ampara legalmente al solicitante contra cualquier expulsión o devolución hacia su país de origen (principio de no devolución).
CURP provisional, RFC y derecho al trabajo formal
Con la constancia en mano, el solicitante puede gestionar de inmediato ante el Registro Nacional de Población (RENAPO) su Clave Única de Registro de Población (CURP) temporal con fotografía y autorización laboral. Esto faculta a la persona a tramitar su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) en el SAT y ser contratada con contrato formal, afiliación al IMSS y salario bancarizado mientras se emite la resolución definitiva de refugio.