En una de las decisiones judiciales de mayor trascendencia en materia de asilo del presente año, el Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito de los Estados Unidos asestó un severo revés a la política de expulsiones expeditas hacia terceros países. Los magistrados ratificaron que desviar a solicitantes de refugio hacia naciones intermedias sin una instancia formal para alegar riesgos contra su vida vulnera de manera frontal el debido proceso y los convenios internacionales sobre el estatuto de los refugiados.

“Ningún memorando ejecutivo puede ignorar el principio elemental de no devolución: expulsar a un ser humano a un país desconocido sin permitirle hablar sobre el peligro que enfrenta es condenarlo a ciegas.”
— Dictamen del Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito
El desmantelamiento de las deportaciones a ciegas
La directiva impugnada permitía a los agentes de control fronterizo canalizar a grupos de migrantes —en su mayoría procedentes de Sudamérica y el Caribe— hacia terceros países con los que Washington mantenía acuerdos de cooperación no ratificados legislativamente. Organizaciones civiles como la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU) y el Centro Nacional de Justicia para Inmigrantes (NIJC) litigaron intensamente demostrando que decenas de expulsados fueron abandonados en zonas con altos índices de violencia sin acceso a orientación jurídica.
Impacto inmediato en centros de procesamiento y albergues
El fallo de apelaciones establece con fuerza vinculante que toda persona bajo custodia federal con orden de expulsión debe contar con un periodo razonable y acceso a intérpretes acreditados para declarar si teme ser torturada o perseguida en el país de destino secundario. Esta resolución obliga a las agencias migratorias a restablecer las entrevistas de miedo creíble previas y alivia la incertidumbre en los albergues fronterizos, donde miles de familias temían ser desterradas a territorios ajenos a sus raíces.